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CUESTIÓN DE LEGITIMIDAD CONSTITUCIONAL

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CUESTIÓN DE LEGITIMIDAD CONSTITUCIONAL

El Tribunal de Salerno, admitiendo la excepción de ilegitimidad constitucional - planteada por el bufete de abogados De Vincentis - del art. 4 párrafo 1-bis del Decreto Legislativo 18 de agosto de 2015, n. 142, insertado por el art. 13 párrafo 1 n. 2) del decreto ley 4 de octubre de 2018, n. 113, convertido con modificaciones por ley 1 de diciembre de 2018, n. 132, en contraste con los artículos 2, 3 y 16, remitió los documentos a la Corte Constitucional, reconociendo -aunque provisionalmente- el derecho de T.S. en el registro registral del Municipio de Capaccio Paestum.

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¡Resuelto!